Movistar: primeras consecuencias de la Ley de Protección al Consumidor
- January 24th 2007
- Casos
Hasta ahora una importantísima parte de la facturación de las compañías de telefonía móvil es facturar en todas las llamadas el primer minuto entero, independientemente de su duración, y en segundos a partir de ese primer minuto.
Lo importante es que se calcula que entre un 55% y un 65% de las llamadas tienen la duración inferior a un minuto. Y en todas ellas se cobran 1 minuto.
Por tanto, los operadores deben reajustar su sistema de tarificación puesto que faturar por segundos desde el primer segundo es una pérdida de facturación enorme.

Movistar ya ha anunciado va a subir a partir de Marzo las tarifas nominales en todas las llamadas. Subirá el establecimiento de llamada y el precio por minuto para lograr que, palabras de la compañía, “el cliente no salga perjudicado”.
Quisiera matizar esta desafortunada frase. Lo que han querido decir es que estas medidas son para que la factura media de cada individuo no se vea afectada. Es decir, PARA QUE, PESE A UN CAMBIO NORMATIVO A FAVOR DE LOS CONSUMIDORES, QUE EN PRINCIPIO REPERCUTE EN UNA DISMINUCIÓN DEL COSTE POR LOS SERVICIOS, LA FACTURACIÓN DE LA OPERADORA NO SE VEA PERJUDICADA.
Señores de Movistar: de lo que se trata es de que la operadora no salga perjudicada, y de que el consumidor pague lo mismo que venía pagando.
Este es un ejemplo de lo que, seguramente, todos los operadores harán dentro de poco. Es lamentable, pero están en su derecho. “Tarifa de precios” significa fijación unilateral de precios, la oferta fija un precio. Por tanto, es potestad de la demanda elegir una tarifa u otra.




